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La conducta consistente en la no emisión de boletas por ventas efectuadas por medios el…

Resumen del criterio jurisprudencial

La conducta consistente en la no emisión de boletas por ventas efectuadas por medios electrónicos, es constitutiva de la infracción establecida por el artículo 97 n°10 del código tributario.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.