Laboral

No se requiere autorización de la Dirección del Trabajo para que una empresa pacte con…

Resumen del criterio jurisprudencial

No se requiere autorización de la Dirección del Trabajo para que una empresa pacte con sus dependientes, de conformidad al artículo 39 del Código del Trabajo, una jornada ordinaria de trabajo de hasta dos semanas ininterrumpidas.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.