Laboral

Desde el momento en que se suscribe de mutuo acuerdo entre empleador y sindicato la mod…

Resumen del criterio jurisprudencial

Desde el momento en que se suscribe de mutuo acuerdo entre empleador y sindicato la modificación de un contrato colectivo vigente no resulta procedente considerar unilateral tal modificación por el hecho de haber sido propuesta por el empleador.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.