Resumen del criterio jurisprudencial
René Alfredo Flores Aguayo dedujo recurso de protección contra la Superintendencia de Seguridad Social por haber rechazado sus licencias médicas y el pago del subsidio por incapacidad laboral, alegando ilegalidad y arbitrariedad. La recurrida sostuvo que actuó dentro de sus facultades legales y que el derecho del recurrente no era indubitado. La Corte Suprema analizó el artículo 16 del Decreto Supremo N°3 y las facultades de la Superintendencia según la Ley N°16.395, concluyendo que la decisión se ajustó al marco legal y reglamentario. Se determinó que la recurrida actuó dentro de su competencia técnica y que no hubo vulneración de garantías constitucionales. Por ello, se revocó la sentencia apelada y se rechazó la acción deducida. Hubo un voto disidente de la abogada integrante Sra. Benavides, quien consideró que la conducta del organismo no se ajustó a la normativa por falta de fundamentación y evaluación médica.