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La Contraloría General de la República concluye que es jurídicamente procedente que una…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República concluye que es jurídicamente procedente que una municipalidad entregue en préstamo de uso a alumnos de establecimientos educacionales bienes muebles adquiridos con fondos de la ley N° 20.248, siempre que dicha adquisición se enmarque en un plan de mejoramiento educativo, que la utilización de los bienes sea necesaria para cumplir los fines del plan, y que el municipio formalice el contrato con los representantes de los estudiantes, garantizando transparencia, probidad, igualdad y no discriminación, además de adoptar resguardos para el cuidado de las especies. La procedencia se funda en que el comodato colabora con una función municipal y en que la celebración de estos contratos, no sometidos a un tratamiento normativo especial, es viable si se realiza en el marco de las atribuciones municipales y con respeto a los principios de igualdad y no discriminación arbitraria.

Normas citadas

  • ley 20248 art/1
  • ley 20248 art/7 inc/1
  • ley 20248 art/7 inc/2
  • ley 20248 art/6
  • ley 20248 art/4 lt/e
  • ley 20248 art/8
  • ley 18695 art/5 lt/c
  • ley 18695 art/63 lt/f
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Puede una municipalidad entregar en préstamo de uso a alumnos bienes muebles comprados con fondos de la Ley SEP?

En este caso, la Contraloría General de la República concluye que es procedente, siempre que la adquisición se enmarque en un plan de mejoramiento educativo, el uso de los bienes sea necesario para cumplir sus fines y el municipio formalice el contrato con los representantes de los estudiantes.

¿Qué resguardos debe cumplir el municipio al celebrar un comodato de bienes adquiridos con fondos de la Ley SEP?

En este caso, el organismo sostiene que el municipio debe garantizar transparencia, probidad, igualdad y no discriminación, y adoptar medidas para el cuidado de los bienes.

¿Es válido un contrato de comodato municipal con estudiantes si se celebra dentro de las atribuciones municipales?

En este caso, la Contraloría sostiene que es viable porque el comodato colabora con una función municipal y estos contratos no tienen un tratamiento normativo especial, siempre que se respeten los principios de igualdad y no discriminación arbitraria.

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