El Tribunal Constitucional acogió la demanda de amparo interpuesta por H.G.C.R. contra…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2022
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió la demanda de amparo interpuesta por H.G.C.R. contra la ONP, que le había denegado la pensión de viudez derivada de la pensión de jubilación de su cónyuge causante. El demandante no cumplía con el requisito de tener más de 60 años al momento del fallecimiento de su causante, conforme al artículo 53 del Decreto Ley 19990. El Tribunal declaró inaplicable el requisito de edad para viudos, considerando que vulneraba el derecho fundamental a la pensión. Se ordenó a la ONP expedir una nueva resolución otorgando la pensión de viudez con abono de devengados, intereses legales y costos procesales.
Normas citadas
Artículo 53 del Decreto Ley 19990
Artículo 1246 del Código Civil
Artículo 28 del Nuevo Código Procesal Constitucional
Constitución Política del Perú
pensión de viudezderecho fundamental a la pensiónigualdad de génerodiscriminación por edadDecreto Ley 19990amparo constitucional
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