La Corte Suprema acogió el recurso de protección deducido por A.F.S.A. en contra del Co…
Sentencia · Corte Suprema · 2026
Resumen
La Corte Suprema acogió el recurso de protección deducido por A.F.S.A. en contra del Comité de Administración del Condominio Aguas Claras Etapa 4 por el corte de suministro eléctrico realizado a su propiedad (Lote 35). La recurrente argumentó que al tratarse de una parcela rural subdividida conforme al Decreto Ley N°3.516, no está sujeta a la Ley de Copropiedad N°21.442, por lo que el comité carece de facultades para imponer apremios como el corte de luz. La Corte estimó que la acción del comité constituye autotutela ilegal, toda vez que solo la ley puede establecer sistemas de coacción. Se ordenó restituir inmediatamente el suministro eléctrico sin perjuicio de las acciones legales para cobro de lo adeudado.
Normas citadas
Ley de Copropiedad N°21.442
Decreto Ley N°3.516
Decreto Ley N°3.515
Constitución Política de la República (artículos 1, 2, 3 y 24)
autotutelacondominio ruralcorte de suministro eléctricorecurso de proteccióncopropiedadgastos comunesfacultades legalesparcela rural
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