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La Contraloría General de la República rechazó el reclamo de un ciudadano que cuestiona…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República rechazó el reclamo de un ciudadano que cuestionaba que las solicitudes de información se tramitaran bajo la Ley de Transparencia, por considerar sus plazos muy extensos. El órgano fiscalizador explicó que, conforme al artículo 155 de la ley N° 10.336, su publicidad y acceso a la información se rigen por los Títulos II y III y los artículos 10 al 20 del Título IV de la ley N° 20.285. Recordó que el artículo 14 de dicha ley establece un plazo máximo de veinte días hábiles para responder, prorrogable excepcionalmente por otros diez. Concluyó que al someter los requerimientos a esa normativa, cumple estrictamente con la ley, pudiendo incluso responder en menos tiempo.

Normas citadas

  • ley 10336 art/155 inc/2
  • ley 20285 art/primero tit/II
  • ley 20285 art/primero tit/III
  • ley 20285 art/primero art/10 inc/1
  • ley 20285 art/primero art/11
  • ley 20285 art/primero art/12
  • ley 20285 art/primero art/13
  • ley 20285 art/primero art/14 ley 20285 art/primero art/15
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Preguntas frecuentes

¿Qué plazo tienen los órganos públicos para responder una solicitud de información bajo la Ley de Transparencia en Chile?

En este caso, la Contraloría General de la República explicó que la ley N° 20.285 fija un plazo máximo de veinte días hábiles para responder una solicitud de información, prorrogable excepcionalmente por otros diez días hábiles. Además, indicó que el órgano puede responder en un plazo menor.

¿Puede un ciudadano reclamar porque la Ley de Transparencia le aplica plazos muy extensos para acceder a información pública?

En este caso, la Contraloría rechazó el reclamo de un ciudadano que cuestionaba que sus solicitudes se tramitaran bajo la Ley de Transparencia por sus plazos extensos. Sostuvo que, al someter los requerimientos a esa normativa, el órgano cumple estrictamente con la ley.

¿Qué normas regulan el acceso a la información pública en las entidades que se rigen por la ley N° 10.336?

En este caso, la Contraloría General de la República señaló que, conforme al artículo 155 de la ley N° 10.336, la publicidad y el acceso a la información se rigen por los Títulos II y III y los artículos 10 al 20 del Título IV de la ley N° 20.285.

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