Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra el Servicio de Sal…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra el Servicio de Salud Metropolitano Sur-Oriente, solicitado por una ciudadana, que requería información sobre la edad gestacional promedio en que se realizan los diagnósticos para verificar la concurrencia de las tres causales de interrupción voluntaria del embarazo. El órgano reclamado sostuvo que la información no era de su competencia, y el Consejo no contó con antecedentes que desvirtuaran la inexistencia de lo consultado. Sin embargo, por estimar que el Ministerio de Salud se encuentra en mejor posición para pronunciarse, el Consejo acogió el amparo solo en cuanto no se derivó la solicitud, ordenando su derivación de oficio a dicho Ministerio en aplicación de los principios de máxima divulgación y facilitación de la Ley de Transparencia, para que resuelva lo requerido.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer un servicio público si recibe una solicitud de transparencia sobre información que no es de su competencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo porque el Servicio de Salud no derivó la solicitud al organismo que podía responderla. Ordenó derivarla de oficio al Ministerio de Salud, aplicando los principios de máxima divulgación y facilitación de la Ley de Transparencia.

¿El Consejo para la Transparencia puede ordenar la derivación de una solicitud de acceso a la información a otro órgano?

Sí, en este caso el Consejo acogió el amparo solo en cuanto no se derivó la solicitud y ordenó su derivación de oficio al Ministerio de Salud. Estimó que ese ministerio se encuentra en mejor posición para pronunciarse sobre lo requerido.

¿Qué pasa si un organismo sostiene que la información solicitada no existe o no es de su competencia?

En este caso, el órgano reclamado sostuvo que la información no era de su competencia, y el Consejo no contó con antecedentes que desvirtuaran la inexistencia de lo consultado. Por eso el amparo se acogió solo en cuanto a la derivación y no en cuanto a entregar la información.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2021 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra el Servicio de Sal…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido en contra del Servicio de Sa…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra el Servicio de Salud…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Salu…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Hospital Clínico…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.