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La Contraloría General de la República, en un dictamen, se pronunció sobre los benefici…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República, en un dictamen, se pronunció sobre los beneficios que pueden recibir los trabajadores de jardines infantiles financiados mediante transferencia de fondos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI). Se determinó que estos trabajadores solo pueden percibir las remuneraciones y beneficios contemplados en el Código del Trabajo, por lo que resulta improcedente establecer asignaciones por antigüedad o experiencia, así como bonos adicionales por ese concepto, debiendo la entidad edilicia regularizar dicha situación. Además, se instruyó a JUNJI a velar por la idónea administración de los fondos públicos y se declaró del todo improcedente otorgar menores montos de asignaciones o bonos a quienes no pertenecen a una asociación de funcionarios, por vulnerar la afiliación voluntaria consagrada en la ley N° 19.296.

Normas citadas

  • dto 67/2010 EDUCA art/18
  • ley 20713 part/09/11/01 glo/05
  • CTR art/41
  • CTR art/42
  • ley 18575 art/5
  • ley 19296 art/3
  • ley 19296 art/5
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Pueden los trabajadores de jardines infantiles financiados con fondos de la JUNJI recibir asignaciones por antigüedad o bonos adicionales?

En este caso, la Contraloría General de la República determinó que estos trabajadores solo pueden percibir las remuneraciones y beneficios contemplados en el Código del Trabajo, por lo que es improcedente establecer asignaciones por antigüedad o experiencia, así como bonos adicionales por ese concepto. La entidad edilicia debe regularizar esa situación.

¿Puede un empleador otorgar menores asignaciones o bonos a trabajadores que no están afiliados a una asociación de funcionarios?

En este caso, la Contraloría declaró del todo improcedente otorgar menores montos de asignaciones o bonos a quienes no pertenecen a una asociación de funcionarios. Según el dictamen, ello vulnera la afiliación voluntaria consagrada en la ley N° 19.296.

¿Qué obligaciones tiene la JUNJI respecto de los fondos que transfiere a jardines infantiles?

En este caso, la Contraloría instruyó a la JUNJI a velar por la idónea administración de los fondos públicos que transfiere para el financiamiento de estos jardines infantiles.

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