FamiliaAcoge

La Corte Suprema resuelve que no es requisito la presencia de hijos en el matrimonio pa…

Sentencia · Corte Suprema

Resumen

La Corte Suprema resuelve que no es requisito la presencia de hijos en el matrimonio para declarar un bien como familiar. La institución de bienes familiares tiene lugar en razón del matrimonio mismo, independientemente de la existencia de filiación. El artículo 141 del Código Civil permite declarar bien familiar el inmueble que sirva de residencia principal de la familia, sin que sea necesario que existan hijos. El ordenamiento jurídico concibe la familia a partir de la relación entre dos personas a través del contrato de matrimonio. La sentencia rechaza la objeción del perdedor que argumentaba la necesidad de hijos para la declaración de bien familiar.

Normas citadas

  • Artículo 141 Código Civil
  • Artículo 147 Código Civil
  • Párrafo 2 Título VI Libro Primero Código Civil
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