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El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por Inversiones Urruti…

Sentencia · Tribunal Ambiental · 2025

Resumen

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por Inversiones Urrutia SpA contra la Resolución Exenta N° 2/ de la Superintendencia del Medio Ambiente, que rechazó el Programa de Cumplimiento presentado por el establecimiento Trotamundos Terraza, ubicado en Quilpué, Región de Valparaíso. El procedimiento sancionatorio se originó por infracción a la norma de emisión de ruidos, específicamente por superar los niveles de presión sonora corregidos en horario nocturno en zona III. El tribunal concluyó que la SMA actuó conforme a Derecho al rechazar el programa por no cumplir con el criterio de eficacia exigido por el artículo 9° del Decreto Supremo N°. La sentencia fue dictada el 29 de mayo de 2025, con voto unánime de los ministros M.G.F., C.D.L.C.L.M..

Normas citadas

  • Artículo 56 Ley Orgánica de la Superintendencia de Medio Ambiente
  • Artículo 17 N° 3 Ley N° 20.600
  • Artículo 35 letra h) Ley Orgánica de la Superintendencia de Medio Ambiente
  • Artículo 36 N° 3 Ley Orgánica de la Superintendencia de Medio Ambiente
  • Artículo 42 Ley Orgánica de la Superintendencia de Medio Ambiente
  • Artículo 41 Ley N° 19.880
  • Artículo 2° Decreto Supremo N° 30/2012
  • Artículo 7° Decreto Supremo N° 30/2012
programa de cumplimientonorma de emisión de ruidosrechazo de programacriterio de eficaciaprocedimiento sancionatorio ambientalfuente emisora de ruidosreceptor sensiblezona III

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