El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por Inversiones Urruti…
Sentencia · Tribunal Ambiental · 2025
Resumen
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por Inversiones Urrutia SpA contra la Resolución Exenta N° 2/ de la Superintendencia del Medio Ambiente, que rechazó el Programa de Cumplimiento presentado por el establecimiento Trotamundos Terraza, ubicado en Quilpué, Región de Valparaíso. El procedimiento sancionatorio se originó por infracción a la norma de emisión de ruidos, específicamente por superar los niveles de presión sonora corregidos en horario nocturno en zona III. El tribunal concluyó que la SMA actuó conforme a Derecho al rechazar el programa por no cumplir con el criterio de eficacia exigido por el artículo 9° del Decreto Supremo N°. La sentencia fue dictada el 29 de mayo de 2025, con voto unánime de los ministros M.G.F., C.D.L.C.L.M..
Normas citadas
Artículo 56 Ley Orgánica de la Superintendencia de Medio Ambiente
Artículo 17 N° 3 Ley N° 20.600
Artículo 35 letra h) Ley Orgánica de la Superintendencia de Medio Ambiente
Artículo 36 N° 3 Ley Orgánica de la Superintendencia de Medio Ambiente
Artículo 42 Ley Orgánica de la Superintendencia de Medio Ambiente
Artículo 41 Ley N° 19.880
Artículo 2° Decreto Supremo N° 30/2012
Artículo 7° Decreto Supremo N° 30/2012
programa de cumplimientonorma de emisión de ruidosrechazo de programacriterio de eficaciaprocedimiento sancionatorio ambientalfuente emisora de ruidosreceptor sensiblezona III
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