Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un ex Subofic…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un ex Suboficial Mayor de Carabineros de Chile, quien cuestionó la legalidad de los descuentos aplicados a sus remuneraciones durante su llamado al servicio activo. El organismo determinó que tales deducciones, equivalentes a un 8,5% sobre sueldos y pensiones conforme al artículo 20, letra a), del decreto ley N° 844, de 1975, se ajustaron a derecho por ser un mandato legal expreso, sin existir norma que las exima. Respecto a la posibilidad de obtener un nuevo desahucio por el tiempo servido en esa calidad, se resolvió que dicho lapso no es computable para ese beneficio, según lo establecido en el artículo 32 quáter del Estatuto del Personal de Carabineros, contenido en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968. No obstante, se reconoció el derecho del personal llamado al servicio activo a percibir los beneficios económicos señalados en esa norma y a reliquidar su pensión de retiro conforme al artículo 70 del mismo estatuto.

Normas citadas

  • dl 844/75 art/20 lt/a
  • dfl 2/68 inter art/32 quáter
  • dfl 2/68 inter art/135
  • dfl 2/68 inter art/70
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Son legales los descuentos previsionales aplicados a las remuneraciones de un funcionario de Carabineros llamado al servicio activo?

En este caso, la Contraloría General de la República determinó que los descuentos del 8,5% sobre sueldos y pensiones establecidos en el artículo 20, letra a), del decreto ley N° 844, de 1975, se ajustaron a derecho por tratarse de un mandato legal expreso, sin norma que los exima.

¿El tiempo servido en calidad de llamado al servicio activo se computa para obtener un nuevo desahucio en Carabineros?

En este caso, la Contraloría sostuvo que ese lapso no es computable para el beneficio de nuevo desahucio, conforme al artículo 32 quáter del Estatuto del Personal de Carabineros, contenido en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968.

¿Tiene derecho el personal de Carabineros llamado al servicio activo a beneficios económicos y a reliquidar su pensión de retiro?

En este caso, la Contraloría reconoció el derecho del personal llamado al servicio activo a percibir los beneficios económicos del artículo 32 quáter y a reliquidar su pensión de retiro según el artículo 70 del mismo estatuto.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2017 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un recurrente…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

  • La Contraloría General de la República ratifica los dictámenes N°s. 60.200, de 2005 y 4…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

  • La Contraloría General de la República resolvió el reclamo de un funcionario en retiro…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exfunciona…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre diversas alegaciones de un ex…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.