Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, ordenando la entrega de una carta y sus antecedentes adjuntos, que sirvieron de fundamento para la resolución que autorizó obras de agua potable y aguas servidas domésticas. Se determinó que dicha información es de carácter público, al no afectar derechos comerciales o económicos de terceros, descartando la causal de reserva invocada. Previamente, el órgano reclamado deberá tarjar los datos personales de contexto de terceros, como cédula de identidad, domicilio o correo electrónico, conforme a la ley de protección de datos. Además, se apercibe al órgano para que acredite la entrega efectiva de la información, bajo las sanciones previstas en la Ley de Transparencia.