La Contraloría General de la República se pronunció sobre las transferencias de recurso…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2016
Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre las transferencias de recursos que las municipalidades efectúan a la Fundación Daya mediante convenios. Dictaminó que dichas transferencias quedan sujetas a lo dispuesto por la resolución N° 30, de 2015. Respecto al convenio de la Municipalidad de Copiapó, se advirtió que no existían plazos específicos para la rendición de cuentas, por lo que, conforme al artículo 27 de la resolución citada, esta debe ser mensual, dentro de los primeros quince días hábiles administrativos del mes siguiente. Además, se estableció que la Fundación debe rendir cuentas de forma desagregada por cada municipio, no pudiendo efectuar una rendición única por el total de los fondos recibidos de todas las entidades edilicias involucradas.
Normas citadas
ley 18695 art/40 lt/b
ley 18695 art/8
ley 18695 art/63 lt/II
ley 18695 art/5 lt/g inc/1
ley 18695 art/65 lt/g
res 30/2015 CONTR art/2
res 30/2015 CONTR art/4 inc/1
dl 1263/75 art/55
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia
Preguntas frecuentes
¿Las transferencias de recursos municipales a fundaciones mediante convenios quedan sujetas a la resolución N° 30 de 2015 de la Contraloría?
Sí. En este dictamen, la Contraloría General de la República resolvió que las transferencias que las municipalidades efectúan a la Fundación Daya mediante convenios quedan sujetas a lo dispuesto por la resolución N° 30, de 2015.
¿Cuándo debe rendir cuentas una fundación que recibe fondos de una municipalidad si el convenio no fija plazos?
En el caso del convenio con la Municipalidad de Copiapó, la Contraloría advirtió que no existían plazos específicos para la rendición, por lo que aplicó el artículo 27 de la resolución citada y estableció que debe ser mensual, dentro de los primeros quince días hábiles administrativos del mes siguiente.
¿Puede una fundación rendir cuentas de forma única por el total de fondos recibidos de varias municipalidades?
No. En este dictamen, la Contraloría estableció que la fundación debe rendir cuentas de forma desagregada por cada municipio, no pudiendo efectuar una rendición única por el total de los fondos recibidos de todas las entidades edilicias involucradas.
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Dictamen · Contraloría General de la República · 2016
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