Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, teniéndose por entregada extemporáneamente la información sobre las gestiones que el Colegio San Francisco de Paine está tramitando ante la Dirección de Vialidad para regularizar un acceso vehicular del establecimiento por la Ruta G-541, información respecto de aquel permiso (en caso de haberlo solicitado el colegio y habérsele otorgado a esta fecha por parte de la Dirección de Vialidad), como así también información respecto de "medidas de mitigación" que la Dirección de Vialidad le está requiriendo implementar al referido establecimiento. Lo anterior, por cuanto, el organismo, con ocasión de sus descargos, otorgó acceso a la información que obra en su poder sobre la materia consultada.