Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento de reclamo de multa por infracciones, acogió el reclamo materia de autos, toda vez que del examen de lo expuesto en el libelo pretensor, contestación, allanamiento total de la reclamada y antecedentes del proceso, como también la aplicación de lo dispuesto en las normas legales mencionadas, resulta procedente dejar sin efecto la multa reclamada por haberse emitido con infracción a lo dispuesto en los artículos 11 inciso 2° y 41 de la ley n°19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado, artículo 4° de la ordenanza de aduanas, lo previsto en el capítulo iii y numeral 2.3.1.1 del manual de pagos del servicio de aduanas y finalmente el numeral 10.1 letra c) inciso 8º, capítulo iii del compendio de normas aduaneras, disposición esta última que sirvió de fundamento de derecho de la presunta infracción materia de este reclamo.