La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) dedujo reclamación en contra de la Res…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2025
Resumen
La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) dedujo reclamación en contra de la Resolución Exenta PA N°000987 de 15 de mayo de 2025, dictada por la Superintendencia de Educación, que acogió parcialmente un recurso de reclamación rebajando una sanción de 10 a 5 Unidades Tributarias Mensuales. La sanción se aplicó al Jardín Infantil Villa Puente Alto por deficiencias en el protocolo de actuación frente a agresiones sexuales. La JUNJI argumentó que el protocolo sí cumplía con la normativa vigente, que el Anexo N°2 de la Circular Exenta N°860 de 2018 no exigía expresamente las etapas cuestionadas, y que se había vulnerado el principio de proporcionalidad. La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el reclamo, confirmando la sanción impuesta por la Superintendencia de Educación.
Normas citadas
Artículo 85 de la Ley N°20.529
Artículo 73 de la Ley N°20.529
Anexo N°2 de la Circular Exenta N°860 de 2018
Anexo N°5 del protocolo de la JUNJI
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