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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de Salud Pública por la falta de entrega de información de salud pública. El requerimiento comprendía datos sobre mortalidad infantil por comuna entre 1990 y 2017, así como datos generales de salud de la población, también por comuna y para el mismo período, como estados nutricionales, enfermedades y visitas médicas. El Consejo consideró que se trataba de información pública que el organismo no había entregado y que no se alegaron circunstancias de hecho ni causales de reserva que ponderar. En consecuencia, ordenó a la Subsecretaria entregar lo solicitado dentro de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y acreditar su cumplimiento. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en el plazo de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Puede una persona pedir datos de salud pública por comuna a la Subsecretaría de Salud Pública y obligarla a entregarlos?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y consideró que los datos de mortalidad infantil y de salud general por comuna eran información pública que no había sido entregada. Ordenó a la Subsecretaria entregarla dentro de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia.

¿Qué pasa si un organismo público no entrega información pública que le fue solicitada?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que, al no haberse alegado circunstancias de hecho ni causales de reserva, correspondía acoger el amparo. Además, exigió a la Subsecretaria acreditar el cumplimiento de la entrega ordenada.

¿Contra qué resolución del Consejo para la Transparencia procede reclamar y en qué plazo?

En este caso, contra la decisión del Consejo procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en el plazo de 15 días corridos.

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