Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la región de ñuble y región del biobío acogió la reclamación interpuesta, en atención a que el servicio de impuestos internos se allanó a la pretensión de la parte contraria en lo concerniente a que no existen diferencias de impuestos que deban ser pagadas por la reclamante por los retiros realizados.