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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Municipali…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Municipalidad de Porvenir por la negativa de entregar antecedentes sobre los servicios de recolección, transporte y disposición final de residuos domiciliarios. El Consejo ordenó entregar, de forma desagregada, los gastos pagados en esos contratos y las cantidades en toneladas para el período 2008 a 2018, por tratarse de información de naturaleza pública. Si la información no obra en poder del órgano tras una búsqueda exhaustiva, deberá informar expresa y fundadamente tanto al reclamante como al Consejo los motivos de su inexistencia. Se fijó un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir, con acreditación de la entrega ante el Consejo, bajo apercibimiento legal. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoAseo y Ornato

Preguntas frecuentes

¿Un municipio puede negarse a entregar los gastos y toneladas de residuos de sus contratos de recolección según la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y ordenó a la Municipalidad de Porvenir entregar, de forma desagregada, los gastos pagados en esos contratos y las toneladas para el período 2008 a 2018, por tratarse de información pública.

¿Qué debe hacer un órgano público si la información solicitada no existe en sus archivos?

En este caso, el Consejo resolvió que, tras una búsqueda exhaustiva, si la información no obra en poder del órgano, éste debe informar expresa y fundadamente al reclamante y al Consejo los motivos de su inexistencia.

¿Cuál es el plazo para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia y contra qué se puede reclamar?

En este caso, se fijó un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para entregar la información, con acreditación ante el Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos.

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