Resumen del criterio jurisprudencial
La Corporación Municipal de Colina está facultada para modificar los valores de la ponderación de la experiencia, la capacitación y el mérito funcionario, contenidos en el reglamento de la carrera funcionaria de la misma Corporación, siempre que esas modificaciones se realicen de acuerdo con las normas establecidas en el Título II de la ley 19.378 y según los criterios objetivos que al efecto se hayan fijado en el reglamento municipal respectivo.