Laboral

Se niega lugar a la reconsideración de las instrucciones Nº 0-13-12-97-712, de 18.07.97…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se niega lugar a la reconsideración de las instrucciones Nº 0-13-12-97-712, de 18.07.97, impartidas por la fiscalizadora doña Cristina Sandoval Paredes a la empresa Clínica Providencia S.A., que ordenan a la misma pagar a sus dependientes las horas extraordinarias devengadas desde enero de 1997 a junio del mismo año y pagar las cotizaciones previsionales correspondientes a dicho período.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.