Aduanero

Se acoge en parte el reclamo atendido el hecho que algunos cargos fueron dejados sin ef…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge en parte el reclamo atendido el hecho que algunos cargos fueron dejados sin efecto por aduanas en sede administrativa y porque se justificó el faltante de inventario en otros. en los demás cargos no se justificó dicho faltante; se rechaza la prescripción alegada por cuanto su plazo comienza a correr desde la detección del faltante de mercaderías por aduanas. sentencia que es confirmada por la i.c. de apelaciones de iquique y por la excma. corte suprema por la vía de rechazar recurso de casación deducido por el reclamante, con declaración que en la especie procedía el plazo de prescripción de 3 años del artículo 94° de la ordenanza al no existir destinación aduanera controvertida, el cual también estaba vigente y que se cuenta desde la fecha de la fiscalización (toma de inventario).

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.