¿Las solicitudes de acceso a partidas de nacimiento deben tramitarse por la Ley de Transparencia o por el procedimiento especial del Registro Civil?
En este caso, la Corte de Apelaciones acogió el reclamo de ilegalidad del Servicio de Registro Civil e Identificación y resolvió que la vía correcta es el procedimiento especial del Registro Civil, no la Ley de Transparencia. Por eso desestimó la entrega de la información requerida.
¿Puede el Consejo para la Transparencia ordenar la entrega de partidas de nacimiento y documentos asociados del Registro Civil?
En este caso, la Corte de Apelaciones dejó sin efecto la decisión del Consejo para la Transparencia que ordenaba la entrega de la información, porque consideró que la solicitud debía regirse por el procedimiento especial del Registro Civil. Así, el tribunal no avaló esa orden de entrega.
¿Qué criterio aplicó la Corte de Apelaciones para resolver si una solicitud de partidas del Registro Civil se rige por la Ley de Transparencia?
En este caso, el tribunal aplicó el criterio que el propio Consejo para la Transparencia había sostenido en casos similares, según el cual corresponde el procedimiento especial del Registro Civil. Con esa base, desestimó la pretensión de acceso a la información.