Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Calificador de Elecciones conoció de una reclamación interpuesta por Felipe Ross Correa, candidato a Alcalde por la comuna de El Bosque, en contra de la Resolución N°G2333 del Director del Servicio Electoral que aprobó con observaciones su cuenta general de ingresos y gastos electorales. El reclamante solicitó que se tuvieran por subsanadas las observaciones N°14, N°15, N°18 y N°19, y que se incluyera en el reembolso un monto de $1.825.467 por intereses y gastos del crédito electoral. Respecto a la observación N°14 (adquisición de vestimenta de huaso), el tribunal estimó que no se enmarca en el catálogo de gastos electorales del artículo 2 de la Ley N°19.884, por lo que rechazó la solicitud. En cuanto a las observaciones N°15, N°18 y N°19, el tribunal consideró que el reclamante había aclarado suficientemente los gastos, teniéndolos por subsanados. Sobre el reembolso de intereses y costos operativos del crédito, el tribunal rechazó la solicitud, señalando que la normativa vigente al momento de la resolución no lo permitía y que la modificación posterior (Ley N°21.806) no resultaba aplicable. En consecuencia, acogió parcialmente la reclamación, solo en cuanto a las observaciones N°15, N°18 y N°19.