Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema revoca la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible una acción de amparo. El tribunal considera que los antecedentes del recurso pueden constituir uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. En consecuencia, ordena que una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones tramite y se pronuncie sobre el fondo del amparo. La decisión se adopta con el voto en contra de la Ministra Sra. Gajardo, quien estuvo por confirmar la inadmisibilidad. El fallo se dicta en el marco del Ingreso Corte N° Amparo-4570-2026.