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La Contraloría General de la República tomó razón de los decretos N° 585, 587, 593 y 60…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República tomó razón de los decretos N° 585, 587, 593 y 606, de 2012, del Ministerio de Educación, que aprueban los convenios para ejecutar el proyecto «Hacia una C.I.D. en Educación Superior», en el marco del fondo basal por desempeño, por encontrarse ajustados a derecho. Sin embargo, con alcances, el organismo precisó que la caución prevista en la letra b) de la cláusula sexta de los convenios debe mantenerse vigente hasta el término de los mismos. Asimismo, indicó que el Ministerio deberá informar a las entidades privadas la época de presentación de las rendiciones de cuentas, pues, conforme a la resolución N° 759, de 2003, de ese organismo, corresponde a las unidades otorgantes exigir los informes que justifiquen la correcta inversión de los fondos.

Normas citadas

  • res 759/2003 Contr num/5/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿La Contraloría puede tomar razón de convenios del Ministerio de Educación que aprueban fondos para proyectos de educación superior con condiciones adicionales?

En este caso, la Contraloría tomó razón de cuatro decretos del Ministerio de Educación que aprueban convenios para ejecutar un proyecto de educación superior dentro del fondo basal por desempeño, por estar ajustados a derecho. Sin embargo, lo hizo con alcances: la caución de la cláusula sexta debe mantenerse vigente hasta el término de los convenios.

¿Quién debe exigir las rendiciones de cuentas de los fondos públicos entregados a entidades privadas?

En este caso, la Contraloría indicó que, según la resolución N° 759 de 2003 de ese organismo, corresponde a las unidades otorgantes exigir los informes que justifiquen la correcta inversión de los fondos. Por eso, el Ministerio debe informar a las entidades privadas la época de presentación de las rendiciones.

¿Qué obligaciones deben cumplir las entidades privadas que reciben fondos del Ministerio de Educación para proyectos de educación superior?

En este caso, el organismo precisó que el Ministerio debe comunicar a las entidades privadas cuándo deben presentar las rendiciones de cuentas de los fondos recibidos. Además, debe mantenerse vigente la caución prevista en los convenios hasta su término.

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