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Un contribuyente reclama en contra de la negativa del servicio de impuestos internos de…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2014

Resumen

Un contribuyente reclama en contra de la negativa del servicio de impuestos internos de devolver oportunamente los antecedentes que se encuentran en su poder, producto de una fiscalización, vulnerando de esa manera lo dispuesto en el artículo 8 bis del código tributario, en sus números 6 y 8, además del artículo 19 n° 24 de la constitución. por su parte, el servicio de impuestos internos indica que no ha existido tal vulneración, pues el contribuyente fue sometido a un procedimiento rutinario de fiscalización que aún no culmina pues se encuentran pendientes los giros, pudiendo obtener las copias de los mismos en las oficinas del organismo fiscalizador; por último la no tenecia de estos documentos no le han impedido interponer un reclamo en contra de las liqidacones practicadas. el tribunal, considerando la prueba rendida en autos, estima que la negativa del servicio de impuestos internos a devolver la documentación del propio contribuente han vulnerado los derechos protegidos en el artículo 8 bis del código tributario, en cuanto la demora es injustificada y no le ha permitido ejercer una adecuada defensa, acogiendo el recurso y ordenando devolver la documentación solicitada. apelado ante la ilustrísima corte de apelaciones de la serena, se confirma el fallo de primera instancia.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Artículo 8 bis del Código Tributario
  • Oficio N° 12
  • Ley N° 19.880
  • Circular 58
  • Artículo 155 del Código Tributario
  • Artículo 60 del Código Tributario
  • Artículo 41 de la Ley N° 19.880

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