¿Puede un organismo público negarse a entregar resoluciones exentas alegando que su divulgación afectaría el cumplimiento de sus funciones?
En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó la reserva invocada por el Servicio de Salud Metropolitano Occidente, basada en el artículo 21 N° 1 letra c) de la Ley de Transparencia, porque no se acreditó que la divulgación afectara el debido cumplimiento de sus funciones. Por ello, acogió el amparo y ordenó la entrega de las resoluciones exentas solicitadas.
¿Qué ocurre si un servicio público no cumple una orden del Consejo para la Transparencia de entregar información?
En este caso, el Consejo apercibió al director del servicio con multas y suspensión del cargo en caso de incumplimiento. Además, ordenó acreditar ante el Consejo la entrega efectiva de la información.
¿Cómo debe probar un organismo público que una reserva de información está justificada?
En este caso, el Consejo sostuvo que el servicio debía acreditar que la divulgación afectaba el debido cumplimiento de sus funciones, y al no hacerlo, rechazó la reserva del artículo 21 N° 1 letra c) de la Ley de Transparencia.