Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de María Elena, ordenando la entrega de información sobre los funcionarios que administran, coordinan o supervigilan temas de transparencia activa y solicitudes de acceso a la información, incluyendo su profesión, antigüedad y modalidad de contratación. Se consideró que dicha información es de naturaleza pública y no se acreditó su entrega ni se alegaron causales de secreto o reserva. Previo a la entrega, el órgano deberá tarjar datos personales y sensibles de contexto conforme a la Ley de Protección de la Vida Privada. Además, se apercibió al alcalde con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento.