Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado en contra del Servicio de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, ordenando la entrega de la información requerida sobre el número de niños y niñas legalmente reconocidos por familias homoparentales y lesbomaternales. Se determinó que, aunque el acto de reconocimiento de filiación no registra esas categorías específicas, la información puede obtenerse complementando los datos con otras bases del órgano, sin que se acreditara la causal de distracción indebida. Además, se señaló que la eventual falta de disponibilidad total de la información no justifica denegar la solicitud. El órgano deberá cumplir la decisión una vez ejecutoriada, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley 21400
  • Ley N° 20.285
  • Código Civil
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 21.140
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 24 de la ley N° 20.285
  • Artículo 10 de la ley N° 20.285
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un órgano del Estado negarse a entregar información pública alegando que sus registros no clasifican los datos solicitados?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que, aunque el registro de reconocimiento de filiación no contiene esas categorías específicas, la información puede obtenerse complementando los datos con otras bases del órgano. Además, la eventual falta de disponibilidad total de la información no justifica denegar la solicitud.

¿Qué ocurre si un servicio público no cumple una decisión de amparo del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo acogió el amparo y ordenó al Servicio de Registro Civil e Identificación entregar la información requerida. El órgano deberá cumplir la decisión una vez ejecutoriada, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en la Ley de Transparencia.

¿Cuándo procede acoger un amparo por acceso a la información pública por no acreditarse la causal de distracción indebida?

En este caso, el Consejo acogió el amparo porque no se acreditó la causal de distracción indebida invocada por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Por ello, ordenó la entrega de la información sobre el número de niños y niñas legalmente reconocidos por familias homoparentales y lesbomaternales.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2023 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Regi…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Regi…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto por un particular contra…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra el Servicio de Registro Civil…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Regi…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.