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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un asistente…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un asistente de la educación de la Municipalidad de El Bosque, relativa al reajuste de sus estipendios. El dictamen establece que las remuneraciones del trabajador deben ajustarse al aumento contemplado en las leyes de reajuste anual de remuneraciones de los funcionarios públicos, vigente desde el 6 de diciembre de 2007, conforme a la modificación introducida por el artículo 27 de la ley N° 20.233. Además, se ordena a la municipalidad regularizar la situación remuneratoria del recurrente, considerando que no se acreditó el pago del beneficio del artículo 1° de la ley N° 19.464, el cual constituye una suma independiente del sueldo base. La entidad edilicia deberá informar a la Contraloría en un plazo de 15 días hábiles, teniendo presente la prescripción de dos años del artículo 510 del Código del Trabajo.

Normas citadas

  • ley 19464 art/4 inc/1
  • ley 19464 art/2 lt/c
  • ley 20233 art/27
  • ley 19464 art/1
  • CTr art/510 inc/1
  • CCi art/2523
  • CCi art/2524
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Los asistentes de la educación municipales tienen derecho al reajuste de sus remuneraciones conforme a la ley 20.233?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que las remuneraciones del trabajador deben ajustarse al aumento de las leyes de reajuste anual de funcionarios públicos, según la modificación del artículo 27 de la ley 20.233. Por ello, ordenó a la Municipalidad de El Bosque regularizar su situación remuneratoria.

¿Qué pasa si una municipalidad no acredita el pago del beneficio de la ley 19.464 a un asistente de la educación?

En este caso, la Contraloría consideró que no se acreditó el pago del beneficio del artículo 1° de la ley 19.464, que es una suma independiente del sueldo base. Ordenó a la municipalidad regularizar la situación del recurrente.

¿En qué plazo debe responder una municipalidad a la Contraloría sobre el reajuste remuneratorio de un funcionario?

En este caso, la Contraloría ordenó a la Municipalidad de El Bosque informar en un plazo de 15 días hábiles. Además, dejó presente la prescripción de dos años del artículo 510 del Código del Trabajo.

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