Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamación, resolvió negar lugar al reclamo interpuesto por la contribuyente en contra de la actuación de autos, atendido a que respecto de las partidas ¿gastos de administración¿, ¿otros egresos¿ y ¿corrección monetaria del capital propio¿, las cuales se ha pretendido deducir de la renta líquida del ejercicio, no se logró acreditar en forma fehaciente que dichas partidas de algún modo han tenido como finalidad o destino la generación de ingresos tributables o renta afectas al impuesto de primera categoría, como tampoco se ha indicado ni acreditado que éstos desembolsos sean ¿estrictamente necesarios¿ para producir la renta, sobre todo considerando el giro de la empresa reclamante que deriva básicamente de la generación de rentas pasivas. que como consecuencia de lo anterior, no se han verificado las exigencias del artículo 31 de la ley de renta y, en consecuencia, tampoco se ha acreditado el cumplimiento de los requisitos legales de la devolución solicitada.