Resumen
La Contraloría General de la República complementa su dictamen N° 18.666, de 2016, reiterando que corresponde al Ministerio de Salud, y no a la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN), autorizar a los organismos que pueden impartir el curso de protección radiológica exigido en la letra b) del artículo 17 del decreto N° 133, de 1984, del Ministerio de Salud, cuya aprobación se requiere para obtener la autorización de desempeño que establece la legislación sanitaria. Lo anterior, sin perjuicio de la autorización especial que compete otorgar a la CCHEN conforme a la ley N° 18.302. Además, instruye a los Ministerios de Energía y de Salud para que informen, dentro de 20 días hábiles, sobre las medidas adoptadas para adecuar los decretos N°s. 133, de 1984, y 3, de 1985, a la ley N° 18.302, con el fin de resguardar la coherencia del ordenamiento jurídico y evitar conflictos de competencia.