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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la actuación de la Superinten…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la actuación de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) frente a los reclamos presentados por un usuario en contra de una entidad bancaria. El recurrente cuestionó la respuesta de la SBIF, la cual derivó su presentación desde el Servicio Nacional del Consumidor y le informó que carecía de atribuciones para pronunciarse sobre los perjuicios alegados o sobre un eventual incumplimiento doloso de cláusulas contractuales, materia reservada a los Tribunales de Justicia. El órgano contralor concluyó que la SBIF actuó dentro del ámbito de sus competencias, considerando además que se comprometió a solicitar antecedentes al banco por los nuevos hechos y a responder directamente al interesado. Asimismo, la Contraloría señaló que tampoco le corresponde intervenir en dicha controversia, conforme a la ley N° 10.336, por lo que no advirtió irregularidad en la actuación de la superintendencia.

Normas citadas

  • ley 10336 art/6 inc/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras pronunciarse sobre perjuicios o incumplimientos dolosos de cláusulas contractuales de un banco?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que la SBIF actuó dentro de sus competencias al informar que carecía de atribuciones para pronunciarse sobre los perjuicios alegados o sobre un eventual incumplimiento doloso de cláusulas contractuales, materias reservadas a los Tribunales de Justicia.

¿Qué debe hacer la SBIF cuando recibe un reclamo derivado desde el Servicio Nacional del Consumidor?

En este caso, la Contraloría señaló que la SBIF no advirtió irregularidad al derivar el reclamo y que, considerando que se comprometió a solicitar antecedentes al banco por los nuevos hechos y a responder directamente al interesado, su actuación fue ajustada a derecho.

¿Puede la Contraloría intervenir en controversias entre usuarios y entidades bancarias?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que no le corresponde intervenir en dicha controversia conforme a la ley N° 10.336, por lo que no advirtió irregularidad en la actuación de la superintendencia.

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