El Consejo para la Transparencia acoge el amparo presentado en contra de la Armada de C…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia acoge el amparo presentado en contra de la Armada de Chile, ordenando la entrega de la información solicitada relativa al nombre de las naves y el tipo de permiso consultado. Se resuelve que la Armada no acreditó la afectación de derechos de terceros ni configuró la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, por lo que debe entregar los datos requeridos. Además, se apercibe a la institución con las sanciones establecidas en el artículo 46 de dicha ley en caso de incumplimiento, y se ordena notificar la decisión a las partes interesadas.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Oficio Ordinario N° 12900
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Puede un órgano del Estado rechazar una solicitud de acceso a información pública alegando que la entrega afectaría derechos de terceros?
En este caso, el Consejo sostuvo que la Armada no acreditó que la entrega afectara derechos de terceros, razón por la que ordenó la entrega de la información solicitada sobre nombres de naves y tipo de permiso.
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.