Resumen del criterio jurisprudencial
Los subsidios de incapacidad laboral no contabilizados en años anteriores se deben regularizar mediante ajuste a la apertura reconociendo el derecho en la cuenta 12192 para posteriormente traspasarlo a la cuenta 11512, debiendo efectuar el análisis de la cuenta para ver la procedencia de su registro. Los bienes de uso recibidos en destinación en periodos anteriores se deben incorporar en un ajuste a la apertura con efecto en patrimonio institucional.