Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Calificador de Elecciones declaró inadmisible la reclamación presentada por Fermín Orlando Larenas Paredes, candidato a Concejal por Conchalí en las elecciones municipales 2024, contra la resolución G1509 del Director del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos. La reclamación fue interpuesta el 6 de mayo de 2025, pero el plazo legal para reclamar era de cinco días hábiles desde la notificación, ocurrida el 24 de enero de 2025, venciendo el 31 de enero de 2025. Por tanto, la presentación fue extemporánea. El tribunal aplicó el artículo 75 N°10 de la Ley N°18.556, en relación con los artículos 51 y 57 de la Ley N°19.884, y el artículo 9 del Auto Acordado sobre funcionamiento del tribunal. En consecuencia, se declaró inadmisible la reclamación sin entrar al fondo del asunto. La decisión fue unánime, sin votos disidentes.