Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acoge parcialmente el amparo deducido contra la Munici…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acoge parcialmente el amparo deducido contra la Municipalidad de Valparaíso, ordenando la entrega de copia de los contratos y documentos que fundamentan la destinación y trabajo de las personas identificadas, de los informes de desempeño de los contratados a honorarios, y la indicación de nombres y cargos de los funcionarios que participaron en la elaboración de una presentación en powerpoint, tarjando previamente los datos personales de contexto. Se rechaza el amparo respecto de la copia de currículums actualizados, por tratarse de información inexistente, y de las comunicaciones posteriores a la solicitud, por no obrar en poder del órgano al momento del requerimiento. Se ordena acreditar la entrega efectiva de la información en un plazo de cinco días.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Resolución Exenta N° 491, de 2022
  • Resolución Exenta N° 491
  • Artículo 9 de la Ley N° 19.880
  • Artículo 3° de la Ley N° 18.575
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar contratos a honorarios y los informes de desempeño de un municipio mediante la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo y ordenó a la Municipalidad de Valparaíso entregar los contratos y documentos que fundamentan la destinación de las personas contratadas, así como los informes de desempeño de los contratados a honorarios, tarjando previamente los datos personales de contexto.

¿Es obligatorio entregar currículums o comunicaciones posteriores a una solicitud de acceso a la información pública?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de los currículums actualizados, por tratarse de información inexistente, y de las comunicaciones posteriores a la solicitud, por no obrar en poder del órgano al momento del requerimiento.

¿Qué plazo tiene un órgano público para acreditar la entrega de información ordenada por el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó a la Municipalidad de Valparaíso acreditar la entrega efectiva de la información en un plazo de cinco días.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2024 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Municipalidad…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Municipalidad…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.