Resumen
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos acogió la demanda contra España por la realización de transfusiones de sangre forzadas a una testiga de Jehová que había expresado su negativa por motivos religiosos mediante instrucciones previas y consentimiento informado. La demandante sufrió una hemorragia grave y fue trasladada a un hospital de Madrid, donde la jueza de guardia autorizó las transfusiones sin consultar sus deseos expresos, alegando emergencia médica. Aunque la demandante reiteró su negativa antes de perder el conocimiento, las transfusiones se realizaron igual. Los tribunales españoles confirmaron que la autorización fue necesaria para salvar su vida, priorizando el derecho a la vida sobre la libertad religiosa. El TEDH constató una violación al derecho al respeto de la vida privada y familiar (artículo 8) en conexión con la libertad de religión (artículo 9) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, condenando a España al pago de indemnización.