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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de formular re…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de formular reparos en contra del personal de corporaciones municipales creadas al amparo del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980. Se determinó que, por aplicación del artículo 136 de la ley N° 18.695, dichas corporaciones están sujetas al control de la Contraloría, pese a ser entidades privadas, debido a que fueron constituidas por municipalidades para cumplir funciones públicas (educación, salud y atención de menores) y operan con financiamiento público. En consecuencia, resulta procedente interponer reparos ante el Tribunal de Cuentas contra quienes administren o tengan a cargo recursos públicos en esas corporaciones, reconsiderándose dictámenes anteriores que sostuvieran lo contrario.

Normas citadas

  • ley 18695 art/136 inc/1
  • ley 10336 art/85 inc/3
  • CCI lib/I tit/XXXIII
  • dfl 1/3063/80 INTER art/12
  • dl 3477/80 art/26
  • dfl 1/3063/80 INTER art/15
  • ley 10336 art/25
  • ley 10336 art/6
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Están sujetas al control de la Contraloría las corporaciones municipales creadas por municipalidades si son entidades privadas?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que sí están sujetas a su control, pese a ser entidades privadas, porque fueron constituidas por municipalidades para cumplir funciones públicas como educación, salud y atención de menores, y operan con financiamiento público.

¿Procede interponer reparos ante el Tribunal de Cuentas contra el personal de corporaciones municipales que manejan recursos públicos?

En este caso, la Contraloría determinó que sí procede formular reparos ante el Tribunal de Cuentas contra quienes administren o tengan a cargo recursos públicos en estas corporaciones. Además, reconsideró dictámenes anteriores que sostenían lo contrario.

¿Puede la Contraloría reconsiderar sus dictámenes anteriores sobre el control de corporaciones municipales?

En este caso, la Contraloría reconsideró dictámenes anteriores que sostenían que estas corporaciones no estaban sujetas a sus reparos, y resolvió en sentido contrario, aplicando el artículo 136 de la ley N° 18.695.

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