Resumen
La Contraloría General de la República ratifica su dictamen N° 7.198, de 2015, que denegó la reliquidación de la pensión no contributiva de una exfuncionaria de la Universidad de Chile. La solicitante pretendía que su pensión se calculara conforme al artículo 132 del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, beneficio reservado a empleados que hubieran alcanzado el grado máximo de su escalafón o que pertenecieran a las cinco primeras categorías. El organismo concluye que la interesada, al momento de su exoneración, ocupaba el nivel D, grado 10°, de la Escala de Remuneraciones de la Universidad de Chile, categoría muy inferior a la requerida. Además, descarta que pueda asimilarse a dichas categorías por comparación de remuneraciones, pues la jurisprudencia administrativa ha establecido que los docentes de esa casa de estudios solo acceden al beneficio si desempeñaban un cargo de profesor con jornada completa que constituyera tope de escalafón, lo que no era el caso. En consecuencia, se confirma que la situación previsional de la recurrente se ajusta a derecho.