Resumen del criterio jurisprudencial
devuelve resolucion de la direccion general de aguas por el que se constituye un derecho de aprovechamiento a favor de persona que indica, porque las aguas sobre las cuales este recae no cumplirian con la condicion de ser subterraneas en los terminos establecidos en dfl 1122/81 justi art/2 inc/5. lo anterior, por tratarse de un sistema de drenaje artificial construido por el peticionario, regido por el titulo v del mismo codigo de aguas y sobre el cual la autoridad administrativa de aguas no esta facultada para otorgar derechos de aprovechamiento conforme art/22 del mismo texto. esto debe entenderse sin perjuicio del eventual derecho que el solicitante pueda obtener desde la acequia en donde caen las aguas conducidas a traves de los acueductos artificiales referidos, segun se indica en el