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Recurso de protección interpuesto por Melany Marion Contreras Contreras y Mike Kervens…

Resumen del criterio jurisprudencial

Recurso de protección interpuesto por Melany Marion Contreras Contreras y Mike Kervens Milfort en contra de Paulina Estefanía Muñoz Estay, por publicaciones realizadas en redes sociales (TikTok e Instagram) en las que la recurrida acusaba a los recurrentes de delitos como estafa y robo, afectando su tienda 'La Bicharraka SPA'. Las publicaciones, que tuvieron más de 1.327.000 visualizaciones, incluyeron chats privados de WhatsApp y capturas de transacciones bancarias, vulnerando la privacidad y honra de los recurrentes. La recurrida no evacuó informe alguno. La Corte Suprema acogió el recurso, ordenando el cese de las publicaciones y la eliminación de las ya realizadas, al concluir que se afectó el derecho a la honra, al buen nombre y a la vida privada de los recurrentes, garantizado en el artículo 19 N° 4 de la Constitución. Se resolvió la colisión entre la libertad de expresión y el derecho a la honra, prevaleciendo este último dado el carácter masivo y difamatorio de las publicaciones. Un ministro disidente estuvo por revocar la sentencia en alzada, estimando que los Tribunales Superiores no tienen facultad, por la vía del recurso de protección, de proteger un derecho constitucional afectando otro mediante la censura.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.