Resumen del criterio jurisprudencial
Resulta procedente que la Empresa Caterair Ltda., descuente proporcionalmente las cantidades correspondientes a asignaciones de movilización y lavado de vestuario a los trabajadores afiliados al Sindicato Nº 1 de dicha empresa, durante la licencia médica y feriado de éstos, por cuanto en tales eventos las asignaciones en cuestión no cumplen el rol compensatorio para el que se pactaron.