Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de reconsideración del di…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de reconsideración del dictamen N° 55.938, de 2013, que determinó que el título de contador otorgado por un liceo comercial no tiene el carácter de profesional necesario para ser clasificado en la categoría B) del artículo 5° de la ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal. La recurrente argumentó que su diploma, conferido en 1974 por la Dirección de Educación Profesional del Instituto Comercial N° 7 de Santiago, cumplía los requisitos legales vigentes, y adjuntó certificados del Colegio de Contadores A.G. y del Servicio de Registro Civil e Identificación. Sin embargo, el ente contralor concluyó que no se aportaron nuevos antecedentes de hecho o de derecho que permitieran alterar lo resuelto, y que el certificado del Registro Civil no acredita la calidad profesional del título, pues su inclusión en dicho registro obedeció a la inscripción en un colegio profesional al amparo del decreto con fuerza de ley N° 630, de 1981. En consecuencia, se ratificó el dictamen original.

Normas citadas

  • dfl 630/81 justi art/2 inc/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un título de contador técnico de liceo comercial permite clasificar en la categoría B del artículo 5° de la ley 19.378 en atención primaria municipal?

En este caso, la Contraloría General de la República determinó que ese título no tiene el carácter de profesional necesario para la categoría B del artículo 5° de la ley 19.378, y ratificó dicho criterio al desestimar la reconsideración.

¿Basta con un certificado de inscripción en el Registro Civil para acreditar la calidad profesional de un título de contador?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el certificado del Registro Civil no acredita la calidad profesional del título, pues la inscripción obedeció a la pertenencia a un colegio profesional al amparo del DFL 630 de 1981.

¿Procede la reconsideración de un dictamen de la Contraloría si no se aportan nuevos antecedentes de hecho o de derecho?

En este caso, la Contraloría concluyó que no se aportaron nuevos antecedentes de hecho o de derecho que permitieran alterar lo resuelto, por lo que desestimó la reconsideración y ratificó el dictamen original.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2014 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República rechazó la solicitud de reconsideración de un di…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

  • La Contraloría General de la República desestimó las solicitudes de reconsideración de…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de reconsideraci…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República resolvió una solicitud de reconsideración presen…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

  • La Contraloría General de la República confirmó su dictamen N° 35.515, de 2016, al reso…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.