Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad interpuesto por la trabajadora demandante, revocando la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda de despido injustificado. El tribunal de primera instancia consideró que las inasistencias de la trabajadora, aunque respaldadas por licencias médicas vigentes, no fueron informadas oportunamente al empleador, lo que infringía la buena fe contractual. La Corte, sin embargo, determinó que la existencia de licencias médicas válidas constituye por sí misma una causa justificada para las inasistencias, sin que el legislador exija la comunicación oportuna como requisito adicional. En consecuencia, declaró injustificado el despido y condenó al empleador al pago de indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicios y recargo legal del 80%, más reajustes e intereses. La decisión se adoptó con el voto en contra de la Ministra Iara Barrios Melo, quien opinó que debía rechazarse la demanda.