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La Universidad de Chile y la empresa Red de Televisión Chilevisión S.A. interpusieron r…

Sentencia · Corte de Apelaciones · 2026

Resumen

La Universidad de Chile y la empresa Red de Televisión Chilevisión S.A. interpusieron recurso de reclamación contra la resolución del Consejo Nacional de Televisión que impuso una multa de 80 UTM por la difusión de la imagen del carabinero M.E.M.. Alegaron errores de hecho, pues la imagen estaba basada en un informe del Departamento de Asuntos Internos y no implicaba responsabilidad penal. También sostuvieron errores de derecho, argumentando que la emisión trataba hechos de interés público y estaba amparada por la libertad de expresión. El tribunal analizó la normativa aplicable, particularmente los artículos 1, 12, 13, 33 y 34 de la Ley N° 18.838 y el artículo 7 de las Normas Generales sobre C.E.T.. Concluyó que no existía vicio de legalidad ni motivación insuficiente en la sanción administrativa. Por tanto, se rechazó el reclamo y se confirmó la multa de 80 UTM.

Normas citadas

  • Art. 1 Ley N° 18.838
  • Art. 12 Ley N° 18.838
  • Art. 13 Ley N° 18.838
  • Art. 33 Ley N° 18.838
  • Art. 34 Ley N° 18.838
  • Art. 7 Normas Generales sobre Contenidos de las Emisiones de Televisión
derecho a la imagenvida privadahonralibertad de expresiónmultas administrativasCNTVinterés públicofuncionario público

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.