Resumen
La Fiscal Regional de Ñuble dedujo querella de capítulos contra una jueza titular del Juzgado de Garantía de Los Ángeles, imputándole seis capítulos constitutivos de los delitos de prevaricación (artículos 223 N°1 y 224 N°6 y N°7 del Código Penal). La querella se fundaba en que la jueza habría intervenido en audiencias asignadas a su sala por un funcionario a petición de abogadas con quienes mantenía una relación de amistad, resolviendo favorablemente a sus pretensiones. La Corte de Apelaciones de Concepción analizó los antecedentes y concluyó que no existían indicios serios y graves de que la jueza hubiera fallado a sabiendas contra ley expresa, dado auxilio o consejo a una parte en perjuicio de la contraria, o intervenido con una inhabilidad manifiesta que conocía y no comunicó. Los mensajes sobre agenda no fueron mantenidos con la capitulada ni demostraban que ella conociera o hubiera intervenido en la actuación atribuida al funcionario. Las decisiones favorables no permitían inferir por sí solas la manifiesta implicancia exigida. En consecuencia, la Corte declaró que no se hallaba mérito para declarar admisibles los capítulos y rechazó la querella.